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Canon

Los autores deben bajar el canon

A raíz de las (des)afortunadas declaraciones del señor Rafael Sánchez, director general de Egeda, y publicadas hoy en varios medios, empezamos a descubrir como se ha realizado el cálculo del canon y como de ilegal es en su configuración actual.

Es de sobras conocido que la Audiencia Provincial ha presentado una cuestión prejudicial respecto del dichoso canon al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

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El canon en los discos duros es una desviación de poder

El anterior artículo viene a completar este.

Es necesario conocer la tramitación de la norma para entender porque considero ilícito el canon sobre los discos duros contenido en la Orden Ministerial.

En ese anterior artículo ya califiqué la actuación del Gobierno como una desviación de poder, algo prohibido por nuestro ordenamiento jurídico, ahora desarrollaré esta idea, lo que permite que la Orden Ministerial, en lo que afecta al tema concreto de los discos duros pueda ser impugnada.

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Historia jurídica del canon a los discos duros

Una vez me ha quedado claro que nos han metido "un gol por toda la escuadra" por no decir otra cosa menos propia de este sitio, toca refelxioanr respecto de la aberración jurídica que supone la introducción del canon en los discos duros.

La burla absoluta que supone a la democracia y a la tramitación parlamentaria la definición de disco duro de ordenador contenida en la Orden Ministerial me resulta indignante y repugnante.

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Ya llegó el canon digital, también a los discos duros

Hoy se publica en el Boletín Oficial del Estado el archiconocido "canon digital".

Lo que toca pagar...

"1. Equipos multifuncionales de sobremesa, de inyección de tinta, con pantalla de exposición cuyo peso no supere los 17 kilos, capaces de realizar al menos dos de las siguientes funciones: copia, impresión, fax o escáner: 7,95 euros por unidad. Cuando supere el peso indicado será considerado como equipo o aparato con capacidad de copia y según su velocidad estándar de reproducción."

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